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¿Cómo funciona el permiso de 2 horas para que trabajadores puedan ir a votar?

La Dirección del Trabajo fiscalizará que todos los trabajadores y trabajadoras que deban laborar el día de las elecciones tengan derecho a su permiso para ir a sufragar. Revisa cómo funciona y qué hacer si tu empleador no lo otorga.

La Dirección del Trabajo (DT) estará fiscalizando que este domingo 7 de mayo, día de la elección obligatoria del Consejo Constitucional, se respete el derecho a sufragar de los trabajadores y trabajadoras que deben laborar ese día.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, enfatizó que este derecho es fundamental “puesto que se trata de una votación obligatoria que incluso arriesga multas fijadas por el sistema electoral para quienes no sufraguen, por lo cual es recomendable que los empleadores organicen los turnos de trabajo de modo de facilitar el derecho a sufragio”.

El organismo fiscalizador también verificará que el comercio respete el feriado obligatorio e irrenunciable, como es el caso de malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

¿Cómo funciona el permiso?

Los trabajadores y trabajadoras tendrán dos horas para ir a sufragar, “tiempo que puede ampliarse de común acuerdo con sus empleadores si los tiempos de desplazamiento así lo requieren”, precisó el director del Trabajo.

Además, quienes fueron designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, contarán con un permiso laboral.

¿Qué pasa si mi empleador no otorga el permiso?

La Dirección del Trabajo recibirá las denuncias a través de su Canal de Atención Telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 15:00 horas del domingo 7 y en el sitio web a partir del 6 de mayo.

Los empleadores que no otorguen el permiso a sus trabajadores serán sancionados con una multaque dependerá del tamaño de la empresa (micro, pequeña, mediana o grande) y los montos van desde las 3 a las 60 UTM por infracción.

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