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Subsecretaría de Salud prohíbe el uso de “body scan” utilizado en cárceles para detectar drogas, armas y celulares

Esta tecnología se ocupa desde hace 10 años en el país y ha servido para fiscalizar de mejor manera que las visitas no ingresen cosas prohibidas a los centros de reclusión. Funcionarios de Gendarmería se quejan por la medida. En el Minsal, en tanto, señalan que lo hacen para evitar el riesgo para la salud en las personas, pues la exposición a estas máquinas podría causar cáncer. «No hay ningún nivel mínimo de radiación que implique un riesgo cero para la salud», dice la jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del ministerio.

En los primeros días del año 2012, el entonces ministro de Justicia, Teodoro Ribera, fue el encargado de inaugurar el primer body scan que se instalaba en una cárcel del país. Lo hizo en el penal Colina II, donde a diario llegaban de visita 1.200 abogados, familiares o amigos de personas privadas de libertad.

Con esta nueva tecnología se daba un paso inmenso en dos áreas de gran importancia para una cárcel. Por un lado se lograba hacer un control mucho más eficiente para evitar que las visitas ingresaran ilegalmente drogas, armas blancas o teléfonos celulares para entregar a los reos y; por otro, se comenzaba a dar un trato mucho más digno a esas visitas, reemplazando el control físico invasivo, por uno en que no hay tocaciones de ningún tipo y son los rayos X los que hacen esa tarea.

Desde ese lejano 2012 hasta el año 2021, esta tecnología de escaner corporal se implementó en otras siete unidades penales estatales (CPF Arica, CP Arica, CP Valparaíso, CDP Santiago Sur, Cárcel de Alta Seguridad, Colina I y CCP Temuco) y también en algunas cárceles concesionadas, como el Complejo Penitenciario de Rancagua.

Subsecretaría de Salud pone luz roja al body scan

Sin embargo, una comunicación emitida el 30 de junio de este año por la Subsecretaría de Salud, prohibió que se siga usando este instrumento en las cárceles y centros del Sename.

“Esta Subsecretaría de Salud ha determinado expresamente no realizar nuevas autorizaciones a body scan por rayos X fuera de la autorización ya expresada para la PDI en aeropuertos y en pasos fronterizos y además, dictamina dejar sin efecto lo instruido en el ORD. B33 N°3020 del 27 de junio de 2019 de la Subsecretaría de Salud Pública en el cual autorizó Body Scan por rayos X instalados en 10 establecimientos de gendarmería y en 2 establecimientos del SENAME”, señala el ORD. B33 N° 3045 firmado por el subsecretario Cristóbal Cuadrado.

El texto, al que El Líbero tuvo acceso, agrega: “Atendiendo a lo expuesto, se solicita tomar las medidas pertinentes e informar plazos para la ejecución de dichas medidas”.

¿Las razones?

En el texto, el subsecretario Cuadrado esgrime dos razones para prohibir el uso de esta tecnología: el riesgo para la salud de las personas y el respeto a los derechos fundamentales.

“A los riesgos para la salud de las personas, por exposiciones a radiaciones ionizantes con fines NO médicos, se suman los derechos fundamentales, ya que, la incorporación de esta tecnología en establecimientos penitenciarios y en establecimientos del SENAME, atenta los derechos humanos y la convención nacional de niños, niñas y adolescentes (NNA)”, sostiene.

Asimismo, agrega que la decisión se toma “atendiendo el rol protector de la salud de las personas que tiene el Ministerio de Salud y el resguardo de los derechos fundamentales”.

Algunos de los equipos generan 100 veces menos radiación que una radiografía

¿Qué tan dañinos podrían ser para la salud estos aparatos? En un comunicado publicado en el sitio web del Ministerio de Justicia en enero de 2021, se da cuenta de la inauguración de un body scan en el Complejo Penitenciario de Rancagua.

Se trataba de un aparato modelo Soter RS 250-A, que contaba con una tecnología de rayos X capaz de obtener una imagen similar a la de una radiografía, posibilitando la rápida detección de elementos prohibidos que pudieran portar todas las personas que ingresaran al recinto penal.

En ese comunicado oficial se señala que “esta tecnología utiliza 100 veces menos radiación que una radiografía de tórax, ya que cuenta con certificaciones internacionales (ANSI N43.17) más estrictas que la norma chilena en esta materia.  Además, el sistema posee un dispositivo biométrico, administrado por el Departamento de Salud de Gendarmería, que permite medir la exposición a la radiación, lo que servirá para generar reportes trimestrales al ISP”.

Resistencia en Gendarmería a dejar el body scan

La decisión tomada por la Subsecretaría de Salud no cayó nada de bien entre los funcionarios de Gendarmería. El suboficial mayor, Eduardo Riquelme, quien es presidente nacional de la Asociación Nacional de Suboficiales de Gendarmería (Ansog), señala a El Líbero que “para nosotros como trabajadores penitenciarios y encargados de sostener la seguridad dentro de los recintos carcelarios, la posición que asume la Subsecretaría de Salud es realmente inaudita. Es completamente extraña en su génesis la forma y contexto en la cual se plantea la prohibición, aludiendo la protección de los derechos humanos de la población que vista las cárceles chilenas”.

“Esta decisión deja en evidencia el abandono en el cual por años el sistema penitenciario ha estado, sin inversiones, invisibilizado por completo. Olvida la Subsecretaría de Salud, al tomar esta determinación tan radical, que el no ingreso de elementos tan peligrosos como letales al interior de las cárceles chilenas se sustenta en los filtros tecnológicos que justamente pretende obligar a dejar de funcionar. A diario son requisados, gracias a estas body scan, drogas, armas y diferentes tipos de sustancias ilícitas que por otro medio serían imposibles de evitar ser ingresadas al interior de las cárceles”, sostiene.

En ese sentido agrega que “es lamentable que este tipo de medidas unilaterales se tomen tan a la ligera y no se incluya a los involucrados directamente en estas decisiones. No olvidemos que cada trabajador penitenciario tiene obligaciones legales que los obligan a responder por riñas, muertes y otras tragedias dentro de los recintos carcelarios, y con estas medidas tan miopes solo consiguen recargar aún más la sobre exposición, ya que se prohíben las herramientas legales con las cuales los funcionarios pueden realizar una función efectiva”.

“Consideramos completamente apresurada la medida, ya que la International Commission on Non-Ionizing Radiation Protection ha definido que los campos electromagnéticos (CEM) son un tipo de energía que se encuentran presentes en la naturaleza, pero que también forman parte de la tecnología. Desde el siglo pasado, la exposición ambiental a CEM se ha incrementado notablemente, debido al aumento en la demanda de electricidad y las aplicaciones relacionadas con su uso. Mucha de esta tecnología es basada en una transmisión del sistema de rayos X de muy baja intensidad. La radiación no ionizante incluye la luz visible, infrarroja y ultravioleta; las microondas; las ondas de radio y la energía de radiofrecuencia de los teléfonos móviles. Se ha establecido que la mayoría de estos tipos de radiación no ionizante no producen cáncer”, dice.

Hemos podido concluir que la exposición a la salud de los usuarios del sistema penitenciario como de nuestros funcionarios, es nula en relación a la exposición por otros agentes de nuestra vida cotidiana. Los elementos que usamos son fundamentales para mantener al margen el ingreso de drogas, celulares, armamentos, entre otros”, agrega.

Al ser consultado sobre el impacto que el retiro de esta herramienta tecnológica puede tener en el trabajo de los gendarmes, señala: “Si se retiran estos body scan, la afectación al trabajo diario del personal de Gendarmería es completa, ya que obligaría a retomar los registros corporales y desnudar a las personas que ingresan a las cárceles, lo que quedó completamente prohibido en diferentes acuerdos que ha adoptado el Estado de Chile”.

Para el personal de Gendarmería de Chile, las herramientas tecnológicas son de vital importancia, ya que se han detectado en muchas regiones del país verdaderas mafias que se dedicarían al ingreso de elementos prohibidos al interior de las cárceles, situación que se ha podido mantener en control gracias a estos elementos. Eliminar este tipo de control expondrá la vida de los mismos gendarmes en un contexto de evolución del crimen organizado en Chile a niveles inesperados y extremadamente violentos”, sostiene Riquelme.

Finalmente, agrega que “como gremio estamos pidiendo las correspondientes conversaciones con la autoridad competente del ministerio a cargo, ya que sin duda estas materias deben ser analizadas en su real contexto para así evitar medidas apresuradas que generan climas de frustración. Como Ansog nos ponemos a disposición para buscar mejoras en nuestra función tan crítica para la seguridad pública, haciendo ver a la autoridad política correspondiente las mejoras sustanciales que se requieren para la función carcelaria. No descartamos ninguna acción que permita garantizar estas condiciones”.

Subsecretaría de Salud: “Nunca debieron haber sido autorizados los body scan para este uso”

El Líbero envió tres preguntas a la Subsecretaría de Salud para conocer en mayor profundidad las razones por las cuales se niegan al uso del body scan en recintos penitenciarios. Desde esa repartición respondió la jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (Dipol), Andrea Albagli, quien en meses anteriores ha asumido como subsecretaria subrogante.

-Este tipo de tecnología se ha usado desde hace 10 años en distintos penales del país con buenos resultados en la detección de ingreso de cosas prohibidas como droga, armas o celulares. ¿Por qué prohibirlos ahora?

-Hace 10 años (2011) el uso de estos equipos era masivo en aeropuertos en otros países (EEUU y en la UE); el año 2012 la IARC lo declaró comprobadamente cancerígeno para las personas, el mismo año la UE los prohíbe no solo por la sospecha de los riesgos para la salud, sino también por la vulneración de los derechos fundamentales. En Chile el mismo año (2011) Minsal analizó el uso de estos equipos por PDI en aeropuertos y pasos fronterizos, finalmente en el marco de la ley 20.000 y el código procesal penal, se permitió usarlos en Chile, de manera muy restringida solo a PDI y en un proceso de control de identidad migratorio (aeropuertos y pasos fronterizos), bajo un estricto protocolo. Este análisis no tiene cabida para los equipos que han sido instalados en dependencias de Gendarmería y SENAME, que se rigen por otra normativa.

En Chile, fuera de la PDI, estos equipos cuentan con autorización sanitaria desde hace 6 años, no hace 10. Si existen desde antes fue fuera del marco regulatorio permitido y en infracción a las normativas del momento.

El hecho que se usen hace tiempo no quiere decir que sean inocuas para la salud, de hecho, previo a su autorización ya existían indicaciones en contra de su uso en espacios fuera de los regulados por la Policía de Investigaciones.

Los resultados del funcionamiento de estas máquinas en materia de hallazgos de objetivos prohibidos nada dice de su afectación a la salud de las personas, y de éstos, tanto celulares como armas pueden ser pesquisados por detectores de metales que no tienen efectos cancerígenos.

Se prohíben ahora para normalizar la regulación existente a como debiese haber sido en conformidad al ORD B33/N° 1344 de 20.04.2011. Nunca debieran haber sido autorizadas para este uso.

-El body scan que hay en la cárcel de Rancagua, por ejemplo, tiene una tecnología que utiliza 100 veces menos radiación que una radiografía de tórax. ¿Por qué sería perjudicial para la salud de un visitante a la cárcel pasar por ese scanner?

-En primer lugar, el uso de radiaciones ionizantes debe utilizarse cuando los riesgos sean menores que los beneficios. Esta es la diferencia que explica que una persona se pueda exponer a radiaciones ionizantes por motivos de salud, en contraste con otros usos. Los únicos casos en que se permite su uso fuera de establecimientos de salud es por PDI, en parte porque la frecuencia de exposición de aquellas personas (al igual que en casos de personas en atención de salud) es muchísimo menor a quienes acuden como visitas o residentes en centros penitenciarios o de protección de la niñez.

Además, no hay ningún nivel mínimo de radiación que implique un riesgo cero para la salud de las personas, por ende, un menor nivel de radiación no es sinónimo de seguridad en términos de salud. La OMS ha declarado que aún dosis bajas, sigue existiendo un riesgo de efectos a largo plazo, como el cáncer, que pueden tardar años, o incluso decenios, en aparecer.  Tener presente que quienes son expuestos son personas que acuden en calidad de visitas a estos establecimientos penitenciarios. No existe justificación para continuar con esta práctica que además vulnera los derechos de niños, niñas, adolescentes y mujeres que puedan estar embarazadas.

-Este scanner ha significado un tremendo avance en materia de dignidad para las personas que visitan a sus familiares en la cárcel, pues ya no se tienen que someter a revisiones corporales con tocaciones, como se hacía antes. ¿Retirar estas máquinas no significa un retroceso para la dignidad de las personas?

-Para todos es importante resguardar la dignidad de las personas. La dignidad de las personas pasa por respetar todos sus derechos y, con esta práctica no hay protección a su salud. Lo que se debe resaltar, es que la sustitución de una práctica de seguridad vía revisión corporal por una vía body scan es sólo reconvertir el riesgo al bienestar de las personas, de uno a otro, hacia uno comprobadamente cancerígeno. Las condiciones de seguridad dentro de centros penitenciarios deben mantenerse con resguardo a la salud, dignidad, y bienestar de las personas, lo que es de responsabilidad de Gendarmería encontrar el método propicio para eso.

Debemos recordar una vez más que pueden continuar haciendo uso de equipos detectores de metales que utilizan un campo electromagnético de baja frecuencia (radiación no ionizante), el cual no actúa con rayos X y por lo tanto no emite ningún tipo de radiación ionizante, a diferencia de los equipos body scan que sí emiten radiaciones ionizantes y que sí permiten tomar imágenes del interior del cuerpo. Por ende, no es real que dado el retiro de los body scans, todo chequeo de seguridad debe ser corporal.

Bancada RN solicita antecedentes a Justicia por el retiro de los «body scan»

Tras la publicación de El Líbero, los diputados de Renovación Nacional, Andrés Longton, Ximena Ossandón, María Luisa Cordero, Andrés Celis, Diego Schalper y José Miguel Castro, enviaron un oficio a la ministra de Justicia, Marcela Ríos, solicitando más información por la medida adoptada.

Por ejemplo, si es que hubo evaluaciones o informes por parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o de Gendarmería en relación a la conveniencia de la decisión, costos totales reajustados de la adquisición de la tecnología y destino de recursos si se suspende su uso, e informes sobre la inconveniencia de la realización de registros corporales y compatibilidad con el ejercicio de derechos fundamentales.

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